En el entorno educativo es muy habitual que el profesorado cree contenidos para impartir sus clases con el objetivo de ofrecer información complementaria a los libros de texto o reforzar la adquisición de conocimientos por parte del alumnado. Cuando un docente elabora una presentación, redacta unos apuntes o desarrolla ejercicios, está generando una obra protegida por los derechos de autor, que no necesita ser registrada para obtener dicha protección. Esto también significa que cada una de estas obras pasa a formar parte del patrimonio creativo del docente y es él quien debe decidir cómo se pueden utilizar, incluyendo la autorización de su difusión a terceros.
Son muchos los contenidos creados por el profesorado y de muy diversa naturaleza, y por eso surgen dudas sobre cuáles están protegidos y cuáles no.
Una de las dudas más frecuentes es si las clases orales pueden considerarse obras protegidas. La respuesta es afirmativa: los docentes toman decisiones creativas a la hora de impartir sus materias, como selección de contenidos, la estructura y la forma de exposición. Del mismo modo, una presentación de PowerPoint o un dosier elaborado por un docente está protegido por el derecho de autor si presenta originalidad su redacción, diseño y selección de contenidos. La grabación de una actividad docente también otorga al creador derechos sobre su uso y difusión, siempre que la grabación sea original y no reproduzca únicamente material de terceros.
Otro aspecto frecuente es el uso de contenidos propios que incluyen fragmentos de libros, imágenes o vídeos de internet u otras obras ajenas. La propiedad intelectual distingue claramente entre lo que crea el docente y lo que pertenece a otros autores. El profesorado no puede incluir obras ajenas sin autorización o licencia que lo permita. No obstante, el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) establece que se puede usar fragmentos breves con fines docentes o de investigación, a título de cita para su análisis o comentario, siempre que se trate de una obra divulgada y se indique la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.
Los contenidos escritos generados por los docentes y entregados a alumnos o publicados en plataformas educativas son obras protegidas. Si un alumno, otro docente o una institución desea reutilizarlos fuera del ámbito original, debe contar con la autorización del autor. El docente no pierde sus derechos al compartir materiales.
Los trabajos del alumnado también están protegidos por los derechos de autor. Por eso, el profesorado no puede reutilizarlos sin el permiso de quien los ha elaborado, por ejemplo, para incluirlos en una presentación o publicarlos en la intranet del centro.
Aunque no es obligatorio registrarlos, es recomendable incluir una mención de derechos o una nota sobre su uso autorizado. Lo importante es que cada docente conozca las posibilidades y elija la opción que mejor refleje su voluntad.
Conocer los derechos de autor que afectan a los materiales propios y también a los elaborados por terceras personas es esencial dentro del ámbito educativo. Permite a profesores y alumnos desarrollar su actividad con seguridad, proteger la creación y fomentar una cultura del respeto a la propiedad intelectual, construyendo una educación sostenible basada en el conocimiento.
Consulta más sobre cómo proteger tus materiales educativos en la Escuela del Derecho de Autor (EDA).